martes, 11 de octubre de 2011

FUNCIÓN DE CRITERIOS DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

El comercio electrónico es susceptible de ser clasificado en función de dos criterios: Partes intervinientes y objetos que se comercian.




1. Por las partes intervinientes
En el comercio electrónico participan como actores principales las empresas, los consumidores y las administraciones públicas. Así se distinguen normalmente tres categorías básicas de comercio electrónico:
• Entre empresa y consumidor o negocio-consumidor, técnicamente llamado B2C del ingles bussines to consumer.
• Entre empresas o negocio-negocio, B2B del ingles .bussines to bussines.
• Entre empresa y administración.



2. Por los objetos que se comercian
• Tangibles, referidos exclusivamente a bienes.
• Intangibles, circunscrito al área de servicios o información.
Esta segunda clasificación guarda estrecha relación con el tema que se desarrolla en el presente trabajo, pues los servicios profesionales son intangibles. Además dependiendo del tipo de bien que se comercie, se conectara a otros aspectos inherentes; así en el caso de los tangibles la vinculación será directa con la logística, mientras en el caso de los intangibles (entre ellos los servicios profesionales), esta será con aspectos teórico jurídicos como el documento y la firma electrónica.



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